viernes, 26 de diciembre de 2008

Choferes que incumplen el boleto para ciegos serán multados

Viernes, 25 de julio

TRANSPORTISTAS NO CUMPLEN LEY QUE EXONERA COSTO DEL PASAJE A NO VIDENTES
Choferes de buses que ignoran a los ciegos serán multados por la Comuna

Los choferes de empresas de transporte que no se detengan para el ascenso de personas ciegas se exponen a recibir fuertes multas por parte de la Municipalidad.
Los concejales resolvieron ayer aprobar una ordenanza que impone las sanciones. Por ley, los no videntes están exentos de pagar pasaje, por lo que algunas
líneas se niegan a ofrecerles el servicio.

Un grupo de 30 personas no videntes acompañaron ayer la sesión de la Junta Municipal. Celebraron la aprobación de una ordenanza que sanciona a los choferes
que ignoran a los ciegos.

Un grupo de 30 personas ciegas acompañó ayer la sesión de la Junta Municipal mientras los concejales estudiaban el proyecto que sanciona a conductores y
dueños de colectivos que no cumplen la Ley 3365. Esta normativa, aprobada por el Congreso el 25 de octubre de 2007 y promulgada un mes después, exonera
a las personas con discapacidad visual del pago de pasaje en los transportes terrestres.

“Paradójicamente, y ante la impasiva mirada de los asuncenos, desde el mismo momento de su promulgación, esta ley antes que beneficiar discriminó aún más
a las personas invidentes, que suman 35 mil en todo el país”, indicó el edil Martín Arévalos (ANR), autor del proyecto aprobado en la víspera.

Explicó que los choferes, al divisar a un ciego y a su acompañante en la parada, no detiene la marcha pues saben que estos no pagan el costo del boleto.
“Ellos ven como una pérdida de G. 4.600. Ese dinero es una resta para sus bolsillos y del empresario dueño del vehículo. No les dan la más mínima importancia
al pisoteo de la ley y mucho menos a cualquier remordimiento de conciencia por lo inhumano y discriminatorio de su accionar”, manifestó el edil.

La corporación encomendó a la Intendencia ejercer un riguroso control en la Terminal de Omnibus, y el estricto cumplimiento de la Ley 3365 por parte de
las empresas que accedan al citado lugar. Pidió, además, iniciar una campaña de concienciación conjuntamente con la Asociación de Ciegos del Paraguay (ACIP)
en las paradas de colectivos.

A nivel nacional

La Ley 3365 también debe ser acatada por las empresas de transporte permisionarias de la Secretaría del Transporte del Area Metropolitana (Setama), así
como las que son reguladas por la Dirección Nacional del Transporte (Dinatran), correspondiente al servicio de corta, media y larga distancia. Así lo exigió
Ema Reinoso, titular de la ACP, al indicar que quienes incumplen la citada normativa deben ser sancionados, como ahora se resolvió en Asunción. “Ojalá
los municipios de todo el país sigan este ejemplo de la capital y multen a los infractores”, dijo.

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